El
Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO), es el grupo encargado de ayudar al Departamento de Salud
Ocupacional a coordinar, fomentar, controlar y hacer seguimiento de todas las
actividades de salud ocupacional.
Además es un organismo de coordinación
entre el empleador y sus trabajadores, encargándose de ayudar a promover y
vigilar las normas y programas de Salud Ocupacional.
Fue creado a través de la Resolución
2013 de 1986 la cual estableció que
todas las empresas e instituciones, publicas y privadas que tengan a sus
servicios diez (10) o más trabajadores,
están obligados a conformar un comité
paritario de salud ocupacional
Tiene entre otras, las siguientes
funciones
FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL COPASO
·
Actuar como
instrumento de vigilancia para el cumplimiento de los programas de salud
ocupacional
·
Participar de
las actividades de promoción, divulgación, e información sobre medicina, higiene
y seguridad.
·
Visitar e
inspeccionar periódicamente los lugares de trabajo
·
Proponer
actividades de capacitación en salud
ocupacional
·
Colaborar en el
análisis de las causas de accidentes de trabajo
FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COPASO
·
Presidir y
orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz
·
Tramitar ante la
administración las recomendaciones aprobadas en el seno del comité
·
Preparar los
temas que se van a tratar en cada reunión
·
Coordinar todo
lo necesario para la buena marcha del comité
·
Llevar a cabo
los arreglos necesarios para determinar el lugar o el sitio de las reuniones.
FUNCIONES DEL SECRETARIO
·
Verificar la
asistencia de los miembros del comité a las reuniones programadas.
·
Tomar nota de
los temas tratados, elaborar el acta de cada reunión someterla a la discusión y aprobación del
comité.
·
Llevar el
archivo referente a las actividades desarrolladas por el comité suministrar toda la información que requieran
el empleador y los trabajadores
PERIODOS DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ
·
El periodo de trabajo del comité es de dos años se debe conformar mediante proceso de
elección en el prime la libertad e igualdad de participación de todos los
trabajadores. Una vez elegido el comité deberá ser inscrito por el
representante legal de la empresa ante el Ministerio de la protección social.
Como ya se dijo anteriormente uno de
los elementos de apoyo para el Programa de salud ocupacional para la empresa es la conformación del comité
paritario de salud ocupacional (COPASO). Dicho comité tiene la característica
de estar conformada por igual número de representante por parte de la
administración e igual número de representante por parte de los trabajadores,
de allí su denominación de paritario.
Los representantes por parte por parte de la administración son elegidos por el
empleador, mientras que los representantes por parte de los trabajadores son
elegidos por el mismo personal de la empresa por medio de un proceso de
votación, lo cual garantiza que las inquietudes relacionadas con las
condiciones de trabajo sean canalizadas a través de las personas en las cuales
la población trabajadora de la empresa deposito la confianza.
En general, al comité le corresponde la
promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de Salud Ocupacional dentro
de la empresa, hoy SGSST. En particular:
1. Las asignadas por la
Resolución 2013 de 1986. Artículo 11:
a. Proponer a la administración de la empresa
o establecimiento de trabajo la adopción de medidas y el desarrollo de
actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de
trabajo.
b. Proponer y participar en actividades de
capacitación en salud ocupacional dirigidas a trabajadores, supervisores y
directivos de la empresa o establecimiento de trabajo.
C. Colaborar con los funcionarios de entidades
gubernamentales de salud ocupacional en las actividades que éstos adelanten en
la empresa y recibir por derecho propio los informes correspondientes.
d. Vigilar el desarrollo de las actividades
que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial debe realizar la
empresa de acuerdo con el Reglamento de Higiene y
Seguridad Industrial y las normas vigentes;
promover su divulgación y observancia.
e. Colaborar en el análisis de las causas de
los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer al empleador
las medidas correctivas que haya lugar para evitar su ocurrencia. Evaluar los
programas que se hayan realizado.
f. Visitar periódicamente los lugares de
trabajo e inspeccionar los ambientes, máquinas, equipos, aparatos y las
operaciones realizadas por el personal de trabajadores en cada área o sección
de la empresa e informar al empleador sobre la existencia de factores de riesgo
y sugerir las medidas correctivas y de control.
g. Estudiar y considerar las sugerencias que
presenten los trabajadores en materia de medicina, higiene y seguridad
industrial.
h. Servir como organismo de coordinación entre
empleador y los trabajadores en la solución de los problemas relativos a la
salud ocupacional. Tramitar los reclamos de los trabajadores relacionados con
la salud ocupacional.
i. Solicitar periódicamente a la empresa
informes sobre accidentalidad y enfermedades profesionales con el objeto de dar
cumplimiento a lo estipulado en la presente Resolución.
j. Elegir al Secretario del Comité.
k. Mantener un archivo de las actas de cada
reunión y demás actividades que se desarrollen el cual estará en cualquier
momento a disposición del empleador, los trabajadores y las autoridades
competentes.
l. Las demás funciones que le señalen las
normas sobre salud ocupacional.
2. Las funciones que le
asigna el Artículo 26 del Decreto 614 de 1984:
a) Participar de las actividades de promoción,
divulgación e información, sobre medicina, higiene y seguridad industrial entre
patronos y trabajadores, para obtener su participación activa en el desarrollo
de los programas y actividades de Salud Ocupacional de la empresa;
b) Actuar como instrumento de vigilancia para
el cumplimiento de los programas de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo
de la empresa e informar sobre el estado de ejecución de los mismos a las
autoridades de Salud Ocupacional cuando haya deficiencias en su desarrollo.
c) Recibir copias, por derecho propio, de las
conclusiones sobre inspecciones e investigaciones que realicen las autoridades
de Salud Ocupacional en los sitios de trabajo.
SUBPROGRAMAS
• Subprograma de Medicina Preventiva y del
Trabajo.
• Subprograma de Saneamiento básico ambiental.
• Subprograma de Higiene y Seguridad
Industrial.
Se designó como
principal a:
No.
|
Nombres y Apellidos
|
Cargo
|
|
|
Estella
Londoño Yepes
|
Jefe de Nomina
|
Y como suplente a:
No.
|
Nombres y Apellidos
|
Cargo
|
|
|
Argemiro
Zuleta A.
|
Coordinador
|
Los trabajadores eligen como principal a:
No.
|
Nombres y Apellidos
|
Cargo
|
|
|
Maritza
Pulgarin S.
|
Auxiliar
Contable
|
Y como suplente a:
No.
|
Nombres y Apellidos
|
Cargo
|
|
|
Paola
Hernández Z.
|
Operaria
|
Integrado el
Comité, se procedió de acuerdo a la Resolución 2013 de 1986 a nombrar un
presidente y un secretario con el objeto de mantener la coordinación,
organización y mantenimiento del comité.
Entre los
miembros del Comité la empresa designa a PAULA
ANDREA GUTIERREZ CASTILLO como presidente, y por votación del comité se
nombra como secretario del mismo a: ANGELA
MARIA BERNAL FLOREZ.
Una vez
asignadas las personas, que van a ser cabezas visibles del Comité se procedió,
a darle la instalación al mismo, para lo cual se hizo conocer lo establecido en
la Resolución 20143 de 1986 como funciones principales que en ésta se establece para cada uno de los miembros,
así como para el Presidente y Secretario; Así como las responsabilidades que
estos tienen en dicho organismo.
OBJETIVOS DEL COMITÉ
Participar de las
actividades del Programa de Salud Ocupacional y vigilar su desarrollo en la
empresa.
RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ
Las siguientes
son algunas de las responsabilidades del Comité Paritario de Salud Ocupacional:
- Vigilar el cumplimiento del Programa de Salud Ocupacional.
- Colaborar con el análisis de las causas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia.
- Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar la maquinaria y equipos con los cuales se realizan las labores diarias e informar sobre su estado y los posibles riesgos que estos generan con el fin de adoptar medidas correctivas.
- Servir como organismo de coordinación entre el empleador y trabajadores en la búsqueda de las soluciones en lo que hacer referencia a Salud Ocupacional.
- Demás funciones que le señalen las normas sobre Salud Ocupacional.
Con la creación
del Comité Paritario de Salud Ocupacional se está dando cumplimiento a las
normas legales en lo que a Salud Ocupacional se refiere.
PAULA ANDREA GUTIERREZ C. ANGELA MARIA BERNALF. Presidente
Comité Secretario
Comité
INTEGRANTES DEL COMITÉ
NOMBRE
POR LA EMPRESA
Estella Londoño Y.
Argemiro Zuleta A.
POR LOS TRABAJADORES
Maritza Pulgarin S.
Paola Hernández Z.
FORMATO PARA INTERPONER
QUEJAS POR ACCIDENTE DE TRABAJO
ANTE
EL COPASO
1. FECHA
DILIGENCIAMIENTO
13 de Mayo de 2014
2. NOMBRE
COMPLETO
Argemiro Zuleta
3. DOCUMENTO
DE IDENTIDAD 10234567
4. CORREO
ELECTRONICO
argemiro.zuluaga.com
5. CARGO
Jefe de Producción
6. DEPENDENCIA
DEMANDADO Producción
QUEJA
RELACIÓN DE LOS HECHOS CONSTITUTIVOS DE LA QUEJA
Debe incluirse todos los
elementos en los que se identifiquen las circunstancias del sujeto ( quien o
quienes ), tiempo ( cuando) y lugar (donde)
|
El
señor Luis Antonio de Jesús Molina operario de la empresa , se presentó el
día 12 de abril a las 6:00 a.m para comenzar con sus labores diaria de operario
de producción en la planta de rionegro , se encontraba con su uniforme de
dotación completo y en buen estado en la planta, en el área de fundición parado como era lo habitual al costado
norte de los calderos realizando sus funciones ,vigilante que el aluminio
fundido fuera por al canaleta correcta saliendo del horno hasta llegar al
molde de la tapa en fabricación.
Siendo las 8:00a.m se escuchó un estruendo gigantesco a
pesar de ser una planta era un ruido distinto al de la maquinaria normal pues
yo Argemiro Zuleta estaba presente y
vi cuando el soporte donde estaba el caldero cedió al lado que estaba don
Antonio cayendo encima del todo el aluminio ardiendo y en segundos este se
enfrió causándole la muerte
instantánea , esto se presentía y se pudo haber evitado pues ya se había
informado y no se tomaron las precauciones ni los correctivos necesarios lo
único que hiso la empresa fue quitarle peso a la mezcla pero eso no sirvió de
nada pues este soporte estaba oxidado y no había sido cambiado en años , a
pesar del esfuerzo de la operaria Paola Hernández que también fue testigo de
lo ocurrido poco se pudo hacer , aun sabiendo que las directivas de la
empresa estaban enteradas del riesgo que tenían los engranajes de dicho
soporte, transcurrieron unos segundos cuando el personal de la brigada ya
estaba presente pero tampoco ellos pudieron hacer nada solo brindar ayuda
psicológica a quienes presenciaron este fatal accidente.
|
El
señor Luis Antonio de Jesús Molina operario de la empresa , se presentó el
día 12 de abril a las 6:a.m para comenzar con sus labores diaria de operario
de producción en la planta de rionegro , se encontraba con su uniforme de
dotación completo y en buen estado en la planta, en el área de fundición parado como era lo habitual al costado
norte de los calderos realizando sus funciones ,vigilante que el aluminio
fundido fuera por al canaleta correcta saliendo del horno hasta llegar al
molde de la tapa en fabricación.
Siendo las 8:00a.m se escuchó un estruendo gigantesco a
pesar de ser una planta era un ruido distinto al de la maquinaria normal pues
yo Argemiro Zuleta estaba presente y
vi cuando el soporte donde estaba el caldero cedió al lado que estaba don
Antonio cayendo encima del todo el aluminio ardiendo y en segundos este se
enfrió causándole la muerte
instantánea , esto se presentía y se pudo haber evitado pues ya se había
informado y no se tomaron las precauciones ni los correctivos necesarios lo
único que hiso la empresa fue quitarle peso a la mezcla pero eso no sirvió de
nada pues este soporte estaba oxidado y no había sido cambiado en años , a
pesar del esfuerzo de la operaria Paola Hernández que también fue testigo de
lo ocurrido poco se pudo hacer , aun sabiendo que las directivas de la
empresa estaban enteradas del riesgo que tenían los engranajes de dicho
soporte, transcurrieron unos segundos cuando el personal de la brigada ya
estaba presente pero tampoco ellos pudieron hacer nada solo brindar ayuda
psicológica a quienes presenciaron este fatal accidente.
|
DE
SER NECESARIO EL COMITÉ PODRÁ SOLICITARLE POSTERIORMENTE LA APLICACIÓN DE LA INFORMACIÓN OFRECIDA
|
¿CUENTA
USTED CON ALGUNA PRUEBA? (¿Cuál es?)
1.
Presencia física de los compañeros
2.
La grabación de las cámaras que tiene la
empresa por toda la planta
|
FORMATO
PARA INTERPONER QUEJAS POR ACCIDENTE
LABORAL ANTE EL COMITÉ DEL COPASO
ANALISIS POR PARTE DEL COPASO
Luego
de la reunión del comité y escuchar a las partes involucradas en el
accidente se contemplan varios
aspectos
1.Neglijencia al no tomar este
riesgo como prioridad y cambiar toda la estructura de la maquina
2. Negligencia por parte de las
directivas de la empresa ( ingeniería ) pues este riesgo ya se había reportado
3. Falta de claridad y
enseñanza en los avisos, señalización
y marcación donde se muestre la distancia prudente en que un
trabajador debe estar de la maquinaria
Del mismo modo se evidencio en la reunión que los involucrados en la
situación expuesta son personas con un gran sentido de pertenencia hacia la
organización y las labores que realizan; demostrando de este modo el gran
potencial para superar los inconvenientes surgidos. Manifiestan ambas partes
tener y poner voluntad para aplicar los correctivos sugeridos por el comité y
así prevenir que casos futuros de esta índole se presenten en la
organización.
RECOMENDACIONES
1. Estudiar
todos los posibles riesgos para prevenir los accidentes.
|


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